lunes, 25 de diciembre de 2017

470 años del Voto a la Virgen de Criptana y la Creación del Día de la Virgen en Campo de Criptana

470 años del Voto a la Virgen de Criptana y 
la Creación del Día de la Virgen 
en Campo de Criptana
Antigua postal de Maria Stma. de Criptana, patrona de Campo de Criptana. Desprovista del manto y adornos.
Hoy 25 de diciembre se cumplen los 466 años que el pueblo de Campo de Criptana, a través de su Ayuntamiento (que era el patrón de las ermitas patronales), proclamase el Voto a María Santísima de Criptana y con él la creación del día de su fiesta ¨El día día de la Virgen¨.

Para ver como se creo, nos vamos al periódico local Sancho Panza, que en el año 1904, en varios de sus números publicados desde el 26 de mayo al 24 de julio, nos viene narrando en una de sus secciones ¨Historia de la Villa de Campo de Criptana¨, los datos de la ermita de nuestra patrona y nos trascribe el decreto del Ayuntamiento donde se crea el voto a la Virgen dado a un plaga de langosta que hace presencia en nuestro pueblo.
Leamos este artículo: 

¨La extensión de esta ermita de tres naves, su hermosa arquitectura y solidez de su fabrica, demuestran el celo caritativo con quese desprendían nuestros antecesores de sus intereses en obsequio de la Religión.
Para que nadie dude de la Fé de nuestros mayores, copiaremos el decreto que el Ayuntamiento de Campo de Criptana puso en obsequio de Nuestra Señora. Dice así: 
¨En la Villa de Campo de Criptana, a veinticinco días del mes de Diciembre, año del nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo de mil quinientos cuarenta y siete, estando en la sala del Concejo de dicha Villa, los nobles señores Juan Díaz Tendero y Juan Martin, Alcaldes ordinarios y Francisco García Pedrero, Francisco Miguel, Alonso Lopez, Alonso Ramirez, Juan Diaz del Campo, Diego Lopez y Antonio Lopez, Regidores perpetuos de dicha villa, en presencia de mí Alonso Rubio, escribano de dicho Concejo dijeron: Que por cuanto en el mes de Junio del año próximo pasado de mil quinientos cuarenta y seis, vinieron a los términos de dicha villa, un número infinito de langostas, las cuales por razón de que los panes ya estaban secos, no hicieron  daño en ellos ni en otra cosa de los términos de dicha villa, sino fue en las viñas que comieron mucha parte dellas, y las dichas langostas quedaron aovadas (…) en los términos de dicha villa, y se teme si Dios por su inmensa bondad e infinita misericordia no lo remedia, y la dicha langosta que está aovada se aviva en el dicho término se comerá y destruirá los panes y viñas y otros frutos que hay en los dichos términos. Y porque en nuestra religión cristiana se tiene por regla muy cierta que los males que los males que padecemos lo merecieron nuestros pecados, y así se debe creer, que por ellos ha permitido Dios Nuestro Señor que nos venga esta plaga y azote de misericordia, para que nos enmendemos y convirtamos a su majestad, porque esto es lo que requiere del pecador, y porque la fe sin obras es cosa muerta conviene que nos esforcemos a enmendar la villa, haciendo penitencia de nuestros pecados, y tomando alguna devoción que sea en servicio de Nuestro Señor y de su Bendita Madre; y por tanto, habiendo platicado y conferido en el dicho negocio, siendo todos de su parecer y voluntad, ordenaron y mandaron y prometieron a Dios Nuestro Señor, con voto solemne jurado que de aquí adelante en todos los sábados del año que principiaren desde el primer día del mes de Enero de este año siguiente de mil quinientos cuarenta y ocho para siempre jamás se diga una misa de Nuestra Señora luego por la mañana, solemne cantada, con diacono y subdiácono la cual diga o la haga decir el Señor Pedro Ramirez, cura de la iglesia de esta dicha villa, o los curas que después del sucedieren en el beneficio de dicha Iglesia y se le pague por cada misa un real y que los dichos señores Alcaldes y Regidores así los que de presente son, como los que fueren de aquí adelante para siempre jamás sean obligados a se hallar presentes, a oir misa, si no fuese con justo impedimento, sopena por cada vez alguno de los dichos regidores o alcaldes faltase a la dicha misa de un real de plata para dicho Concejo, para que se gaste en ayudar a pagar la limosna que se diere al cura por las dichas misas, y asimismo, tengan cuidado de hacer exhortar y traer a todo el pueblo a que con devoción oir la dicha misa. Item que el día de la Encarnación de Nuestro Señor Jesucristo que será a veintinueve días del mes de Marzo de cada año, se haga una procesión muy solemne a la ermita de Nuestra Señora de Criptana, en la cuál se diga una misa del día. Y que todos los vecinos de esta dicha villa sean obligados de ir en la dicha procesión, a lo menos una persona de cada casa, que sea de quince años arriba, a rogar a Nuestro Señor Dios por los méritos de su Santísima Madre, alce su ira de nosotros y nos quite esta plaga presente y no permita que de aquí adelante nos vengan otras. Sopena por cada uno que faltase de ir en la dicha procesión, como dicho es, dé un real de plata para el dicho Concejo para que se gaste en la dicha devoción. Y del dicho día en adelante en los sábados siguientes a la dicha fiesta, se digan sucesivamente en cada sábado una misa de una de las fiestas de Nuestro Señor, sucesiva y ordenadamente como las celebra la Santa Madre Iglesia, según el orden del calendario, hasta ser acabadas las fiestas de Nuestra Señora. Y acabadas en los sábados siguientes de todo el año hasta el dicho día de la fiesta de la Encarnación de Nuestro Señor, se diga la dicha misa de Nuestra Señora de la feria o fiesta que fuere según el orden de la Iglesia.
Procesión de la Virgen de Criptana. Nieves de Hoyos Sancho. Fiestas Patronales
Y si por caso alguno en el día arriba señalado de la Encarnación hubiese justo impedimento por el cuál no se pueda hacer la dicha procesión, se haga el primer día de la fiesta siguiente que no haya impedimento por que no cese la dicha devoción y los dichos señores alcaldes y regidores perpetuos lo firmaron de sus nombres.   -siguen las firmas-
Ante mi: Alonso Rubio, Escribano del Ayuntamiento.¨
Por este solemne acuerdo del Ayuntamiento se ve la devoción, confianza y Fé que tenían nuestros antepasados en la protección de María Stma. de Criptana.


Por el voto que esta villa hizo, según queda copiado anteriormente, se vé que el día de la Encarnación de N.S.J.C. fue designado en primer lugar para la solemne procesión y misa con que se habría de celebrar a María Stma: pero viendo las dificultades que se presentaban para su cumplimiento en el expresado día , la misma villa se previno en advertir que se trasladase al día de fiesta más inmediato no impedido; la elección del día 25 de Marzo, debió ser para hacer mayor penitencia, por razón de la obligación del ayuno, como siempre es cuaresma y en aquellos siglos se observaba con todo rigor; más sin embargo, como la milagrosa aparición de María Santísima fue el día tercero de Pascua de Resurrección, y los fieles estaban acostumbrados a solemnizar este día, no pudo establecerse la celebridad en dicho dia 25, y se hubo de fijar en el mencionado día tercero de Pascua  sin que haya habido alteración desde entonces hasta ahora, solemnizando y guardando el día, como fiesta entera, por ser día de la Patrona.

                                                                                 Transcripción realizada por José Vicente Méndez

     

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